Morosidad

Todos los propietarios están legalmente obligados contribuir económicamente al sostenimiento de los gastos ordinarios y extraordinarios de la comunidad en función de las normas de las que cada una se haya dotado (coeficiente, partes iguales, exclusión de algunas entidades de determinados gastos, etc.)

Los presupuestos se calculan en función de la previsión de gastos que dicta la experiencia y las cuotas asignadas a cada propietario responden a esta previsión.

Por eso, cuando alguien deja de pagar una o más cuotas se crea un problema de liquidez. Los presupuestos no pueden contemplar la existencia de morosos, por ello la ley prevé que, en caso de existir, el resto de propietarios deben ensuciar esta deuda, sin perjuicio de que la comunidad lo reclame por las vías legales existentes.

A modo de ejemplo: si la comunidad tiene cuenta bancaria propia, en la que se ingresan todas las cuotas y desde lo que se hacen todos los pagos, si todos los propietarios pagan a su vencimiento la cuenta tendrá saldo suficiente para atender todas las obligaciones (seguro, mantenimientos, electricidad, limpieza, reparaciones, etc.)

Si un propietario deja de pagar el saldo de la cuenta no será suficiente y la entidad bancaria devolverá o no atenderá pagos domiciliados o comprometidos de alguna otra manera, en definitiva, no permitirá la existencia de «números rojos» en la cuenta.

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